El alumnado presenta altas capacidades intelectuales es considerado por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), como alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. La atención integral a este alumnado se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión.
Así, en el artículo 76 de la LOE se establece que corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias para identific
ar al alumnado con altas capacidades intelectuales y valorar de forma temprana sus necesidades. Asimismo, les corresponde adoptar planes de actuación adecuados a dichas necesidades. Igualmente, en el artículo 77 se establece en cuanto a su escolarización que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las normas para flexibilizar la duración de cada una de las etapas del sistema educativo para los alumnos con altas capacidades intelectuales, con independencia de su edad.
Para hacernos una idea de las dificultades por las que pasan dichos alumnos, leamos una carta escrita por ellos:
¿Cuáles son las dificultades que pueden mostrar?
- Dificultades de adaptación. Suelen ser niños muy sensibles, ya que su razonamiento les hace alcanzar niveles que no se corresponden con su nivel afectivo o emocional.
- A veces pueden tener dificultades para relacionarse con otros niños ya que al no compartir intereses son vistos como raros por los niños de su edad.
- Suelen ponerse metas muy altas y si no las consiguen experimentan frustración.
- También suelen ser muy sensibles a la crítica, necesitan tener éxito.
- Suelen responsabilizarse de demasiadas cosas y no debemos olvidar que siguen siendo niños, aunque razonen como adultos en algunos aspectos.
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